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Artículo 96 de la LEY DE TRANSPARENCIA PARA EL ACCESO Y SOCIALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien presenta una queja por un posible mal uso de datos personales, el proceso tiene cuatro pasos: primero, entregas tu queja a la autoridad encargada de proteger la información (como el INAI). Segundo, esa autoridad le pide un informe a la persona o empresa que supuestamente violó la ley. Tercero, la autoridad analiza todo y da una respuesta oficial. Cuarto, si la queja resultó ser cierta total o parcialmente, la autoridad verifica que se cumpla lo ordenado.

Texto oficial

Artículo 96. El procedimiento de la denuncia se integra por las siguientes etapas: I. Presentación de la denuncia ante la autoridad garante correspondiente; II. Solicitud de un informe al sujeto obligado realizado por la autoridad garante correspondiente; III. Resolución de la denuncia; y, IV. Procedimiento de verificación del cumplimiento de la resolución, en caso de resultar fundada o parcialmente fundada.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 31) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.