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Artículo 120 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando la o el Presidente del Congreso recibe una propuesta, la anuncia a todos los diputados y la envía de inmediato a una comisión especial para que la estudien, sin que nadie pueda discutirla en ese momento. Esa comisión analiza la propuesta y da su opinión por escrito (el dictamen). Si la propuesta se considera muy urgente o muy sencilla, entonces se vota directamente entre todos los diputados levantando la mano o con un método simple, como dice el artículo 101.

Texto oficial

Artículo 120. Las proposiciones serán anunciadas por la o el Presidente al Pleno y las turnará a la o las Comisiones de forma inmediata y sin posibilidad de discusión, en donde se analizarán y resolverán a través de un dictamen. El Pleno resolverá en votación económica en términos del artículo 101, las proposiciones que se consideren de urgente u obvia resolución.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 39) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.