Artículo 122 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las propuestas del Jefe de Gobierno de la CDMX se mandan de inmediato a los grupos de diputados para su estudio. Las de los diputados deben registrarse con su grupo o por sí mismos si son independientes. Una oficina revisa que cumplan con los requisitos; si falta algo, se les avisa por escrito para que lo corrijan al día siguiente. Si lo arreglan a tiempo, la propuesta se acepta y se agenda para discutirse. Si no se alcanza a presentar en la sesión, se turna automáticamente, a menos que el diputado pida pasarla para la siguiente.
Texto oficial
Artículo 122. Las iniciativas de la o el Jefe de Gobierno se turnarán inmediatamente a Comisión o Comisiones respectivas para que se dictaminen y las que presenten las y los Diputados, se sujetarán a lo siguiente: I. Se deberán registrar ante la Coordinación de Servicios Parlamentarios, a través de su Grupo, a excepción de las y los Diputados sin partido mismos que lo harán por si mismos; II. La Coordinación de Servicios Parlamentarios revisará que la iniciativa reúna los elementos necesarios establecidos en el artículo 83 de este Reglamento y la remitirá a la Mesa Directiva; III. Si la iniciativa no cumple con los requisitos, la Coordinación de Servicios Parlamentarios prevendrá de tal circunstancia por escrito a la o el proponente. La o el proponente así prevenido, deberá subsanarla al día siguiente en que se le notifique; IV. Si la o el autor hace las adecuaciones en el plazo indicado, será admitida por la Mesa Directiva e inscrita de inmediato en el orden del día; V. Toda iniciativa que cumpla con los elementos establecidos en el artículo 83 de este Reglamento, será inscrita en el orden del día y deberá ser turnada a la o las Comisiones correspondientes, y VI. Si la iniciativa no cumple con los requisitos, la Mesa Directiva prevendrá de tal circunstancia por escrito al promovente. El promovente prevenido deberá subsanarla inmediatamente en cuanto se le notifique. Si el promovente hace las adecuaciones será admitida por la Mesa Directiva e inscrita de inmediato en el Orden del día. Las iniciativas listadas en el orden del día que no alcancen a presentarse ante el Pleno, deberán ser anunciadas y turnadas cada una por la o el Presidente, antes del cierre de la sesión, salvo que el proponente solicite de viva voz en ese momento, su inscripción para la siguiente.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.