Artículo 16 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Los grupos o coaliciones pueden organizarse y tomar decisiones por su cuenta, sin que nadie los controle directamente, siempre y cuando sigan lo que dice la ley y este reglamento. Eso significa que tienen libertad para manejar sus asuntos internos, como juntas o gastos, pero sin pasarse de lo que está permitido. En otras palabras, pueden operar a su modo, pero con límites claros establecidos en las reglas.
Texto oficial
Artículo 16. Los Grupos o Coaliciones tendrán independencia operativa y de gestión en los términos previstos por la ley y el presente reglamento.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.