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Artículo 16 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los grupos o coaliciones pueden organizarse y tomar decisiones por su cuenta, sin que nadie los controle directamente, siempre y cuando sigan lo que dice la ley y este reglamento. Eso significa que tienen libertad para manejar sus asuntos internos, como juntas o gastos, pero sin pasarse de lo que está permitido. En otras palabras, pueden operar a su modo, pero con límites claros establecidos en las reglas.

Texto oficial

Artículo 16. Los Grupos o Coaliciones tendrán independencia operativa y de gestión en los términos previstos por la ley y el presente reglamento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.