Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 253 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando en una comisión del Congreso se van a discutir propuestas o iniciativas, los dictámenes (que son los documentos donde se opina si algo debe aprobarse o no) se deben hacer siguiendo el orden en que llegaron primero. Es decir, se atiende por turno: lo que llegó antes se revisa primero, a menos que haya una razón importante para cambiarlo. Esto lo decide la Mesa Directiva, que es como el equipo que organiza el trabajo en el Congreso. En pocas palabras, se respeta la fila de los asuntos para que nadie se brinque el orden.

Texto oficial

Artículo 253. Los dictámenes elaborados a las iniciativas o proposiciones con punto de acuerdo que se presenten a discusión en la Comisión, deberán atender preferentemente, al orden de prelación en que fueron turnados por la Mesa Directiva. Sección séptima De las Comparecencias ante las Comisiones

Ver ley oficial en el DOF (pág. 75) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.