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Artículo 274 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que la Comisión pueda tomar una decisión, necesita que haya más de la mitad de sus miembros presentes en el momento de votar. Cuando se presenta un dictamen (un documento con una propuesta o recomendación), el diputado que lo presenta puede hablar primero para explicarlo, y si alguien más lo propuso, también tiene derecho a dar más información. Si el diputado que lo presenta no llega a la reunión, el proceso sigue adelante sin problema.

Texto oficial

Artículo 274. Para que la Comisión pueda adoptar acuerdos o resoluciones, al momento de la votación, deberá contar con la presencia de más de la mitad de sus integrantes. Tratándose de dictámenes, la o el Diputado que lo presente, podrá hacer una intervención inicial y, cuando así corresponda, la o el Diputado proponente, tendrá derecho de voz con la finalidad de ampliar la información. Si no asistiere continuará el proceso.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 81) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.