Artículo 322 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Congreso de la Ciudad de México tiene que revisar, discutir y aprobar cada año los planes de cuánto dinero va a recibir (Ley de Ingresos) y en qué lo va a gastar (Presupuesto de Egresos), a más tardar el 15 de diciembre. Si estos proyectos se presentan en el primer año de gobierno del Jefe de Gobierno (cuando empieza su cargo), entonces el plazo se amplía hasta el 27 de diciembre. Una vez aprobados, se mandan al Jefe de Gobierno para que los publique en la Gaceta Oficial (el periódico donde se anuncian las leyes), y eso debe hacerlo a más tardar el 31 de diciembre.
Texto oficial
Artículo 322. El Congreso deberá examinar, discutir y aprobar anualmente, la iniciativa de Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos a más tardar el 15 de diciembre. Cuando dichos proyectos sean presentados durante el primer año de encargo de la persona titular de la Jefatura de Gobierno, estos deberán aprobarse a más tardar el 27 de diciembre. Aprobados ambos instrumentos, se turnarán a la persona titular de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México para su publicación en la Gaceta Oficial a más tardar el 31 de diciembre.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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