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Ley
REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
422

Artículo 422 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada año, el Congreso va a invitar a la gente de a pie, a grupos de la sociedad civil, escuelas y otras organizaciones que trabajan por los derechos humanos, para que propongan nombres de personas que se hayan destacado por defender a los grupos más vulnerables de la Ciudad de México, como personas mayores, con discapacidad o en situación de calle. Es como si pidieran sugerencias de quiénes han hecho un buen trabajo apoyando a estos grupos.

Texto oficial

Artículo 422. El Congreso convocará cada año a la población, organizaciones de la sociedad civil, organizaciones académicas, y demás instituciones vinculadas con el respeto de los derechos humanos y la no discriminación de los Grupos Prioritarios y Vulnerables en la Ciudad, para que propongan a las y los candidatos que como resultado de sus actividades hayan destacado en la defensa, promoción y protección de los derechos de los grupos prioritarios vulnerables de la Ciudad de México.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 118) ↗

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