Artículo 441 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Congreso va a dar una medalla especial, llamada Medalla al Mérito de Protección Civil, a tres tipos de personas: las que hayan hecho trabajos técnicos o científicos para alertar y proteger a la gente de desastres naturales o causados por humanos, las que se hayan destacado como bomberos, y las que hayan dado un ejemplo con su labor de prevención o ayuda durante una emergencia. También se les puede dar esta medalla a dependencias del gobierno de la Ciudad de México, a las unidades de Protección Civil de las alcaldías, y a grupos de empresas o de la sociedad civil que hayan hecho algo parecido.
Texto oficial
Artículo 441. El Congreso otorgará la Medalla al Mérito de Protección Civil a quienes hayan destacado en el aspecto técnico científico que permitan alertar y proteger a la población frente a fenómenos naturales o de origen humano, a quienes destacaron en la labor de bombero y finalmente aquellos que signifiquen por su labor ejemplar en la prevención y/o ayuda a la población ante la eventualidad de un desastre. Se otorgará dicho reconocimiento a las dependencias y entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México, a Unidades de Protección Civil de los Órganos Político Administrativo, así como agrupaciones de los sectores privado y social.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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