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Artículo 444 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Esta medalla se puede dar como máximo a seis personas, ya sea del gobierno, empresas o grupos sociales. La Comisión encargada puede decidir darle a más personas si lo considera necesario. Pero en cualquier caso, la mitad de los premiados (el 50 por ciento) tiene que ser del mismo sexo, para que haya equilibrio entre hombres y mujeres.

Texto oficial

Artículo 444. La medalla se podrá otorgar hasta un máximo de seis personas del sector público, privado y/o social, o bien aumentar el número de galardonados, a consideración de la Comisión, del cual se respetará que el 50 por ciento deba ser de un mismo sexo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 120) ↗

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