Artículo 494 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para ser la persona titular de la Oficialía Mayor del Congreso, necesitas: ser mexicano de nacimiento (sin otra nacionalidad) y tener todos tus derechos como ciudadano. Debes tener al menos 30 años, contar con un título y cédula profesional de derecho o un área parecida, y demostrar que tienes al menos 3 años de experiencia profesional y laboral comprobable. También tienes que vivir en la Ciudad de México por lo menos tres años antes de que te nombren. No puedes ser familiar o cónyuge de ningún diputado, ni tener negocios con ellos o ser socio de empresas donde ellos participen. Por último, no debes haber sido condenado por un delito hecho a propósito (doloso), sin importar la pena que te hayan dado.
Texto oficial
Artículo 494. Para ser la o el titular de la Oficialía Mayor del Congreso se requiere: I. Ser mexicana o mexicano por nacimiento y no tener otra nacionalidad, y estar en pleno goce de sus derechos; II. Haber cumplido treinta años de edad; III. Contar con título y cédula profesional legalmente expedida en derecho o alguna rama relacionada directamente con las funciones encomendadas; IV. Acreditar conocimientos y experiencia de por lo menos 3 años de ejercicio profesional y una experiencia laboral de la que se pueda inferir que posee los conocimientos y habilidades suficientes para cumplir con el perfil de este cargo; V. Residir en la Ciudad de México por lo menos tres años antes al día de su nombramiento; VI. No ser cónyuge o pariente consanguíneo hasta el cuarto grado, por afinidad o civil de cualquiera de las y los Diputados integrantes del Congreso, ni tener relaciones profesionales, laborales o de negocios con alguno de ellas o ellos, ni ser socio o socia, o accionista de sociedades en las que alguno de las y los Diputados forme o haya formado parte; y VII. No haber sido condenado por delito doloso, cualquiera que haya sido la pena.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.