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Artículo 494 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para ser la persona titular de la Oficialía Mayor del Congreso, necesitas: ser mexicano de nacimiento (sin otra nacionalidad) y tener todos tus derechos como ciudadano. Debes tener al menos 30 años, contar con un título y cédula profesional de derecho o un área parecida, y demostrar que tienes al menos 3 años de experiencia profesional y laboral comprobable. También tienes que vivir en la Ciudad de México por lo menos tres años antes de que te nombren. No puedes ser familiar o cónyuge de ningún diputado, ni tener negocios con ellos o ser socio de empresas donde ellos participen. Por último, no debes haber sido condenado por un delito hecho a propósito (doloso), sin importar la pena que te hayan dado.

Texto oficial

Artículo 494. Para ser la o el titular de la Oficialía Mayor del Congreso se requiere: I. Ser mexicana o mexicano por nacimiento y no tener otra nacionalidad, y estar en pleno goce de sus derechos; II. Haber cumplido treinta años de edad; III. Contar con título y cédula profesional legalmente expedida en derecho o alguna rama relacionada directamente con las funciones encomendadas; IV. Acreditar conocimientos y experiencia de por lo menos 3 años de ejercicio profesional y una experiencia laboral de la que se pueda inferir que posee los conocimientos y habilidades suficientes para cumplir con el perfil de este cargo; V. Residir en la Ciudad de México por lo menos tres años antes al día de su nombramiento; VI. No ser cónyuge o pariente consanguíneo hasta el cuarto grado, por afinidad o civil de cualquiera de las y los Diputados integrantes del Congreso, ni tener relaciones profesionales, laborales o de negocios con alguno de ellas o ellos, ni ser socio o socia, o accionista de sociedades en las que alguno de las y los Diputados forme o haya formado parte; y VII. No haber sido condenado por delito doloso, cualquiera que haya sido la pena.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 135) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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