Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 229 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 229 ya no sirve, porque lo quitaron de la ley. Cuando una ley dice que un artículo se "deroga", significa que se elimina por completo y ya no tienes que tomarlo en cuenta. Así que este artículo, para cualquier trámite o situación legal, ya no existe.

Texto oficial

Artículo 229. Se deroga;

Ver ley oficial en el DOF (pág. 116) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.