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Ley
LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
40

Artículo 40 de la LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los magistrados del Tribunal tienen que dejar el cargo a la fuerza si se enferman física o mentalmente y ya no pueden trabajar, o cuando cumplen 70 años. Es decir, si un juez se vuelve incapaz de hacer su trabajo por salud, o llega a esa edad, lo tienen que retirar aunque él no quiera. No hay otra opción ni se puede evitar.

Texto oficial

Artículo 40. Son causas de retiro forzoso de los Magistrados del Tribunal, padecer incapacidad física o mental para desempeñar el cargo, así como cumplir setenta años de edad.

Ver texto oficial de la LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 14) ↗

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