LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Esta ley se creó para organizar cómo funciona el Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México, que es como un juzgado especial que resuelve conflictos entre la gente y el gobierno. Este tribunal puede tomar decisiones por su cuenta sin que otras autoridades se metan en sus asuntos, y además forma parte del Sistema Local Anticorrupción. Cuando el tribunal resuelve casos de mal uso de recursos públicos, debe seguir principios como la legalidad (actuar conforme a la ley), la presunción de inocencia (dar por inocente a alguien hasta que se demuestre lo contrario) y el debido proceso (respetar los pasos justos del juicio). El dinero que el Congreso le asigna al tribunal lo maneja por sí mismo, siempre cumpliendo reglas de ahorro, honestidad y transparencia, y debe rendir cuentas a los órganos que lo supervisan.
- Art. 2Este artículo solo sirve para aclarar los significados de algunas palabras que se usan en la ley. Cuando en el texto diga "Junta", se refiere a la Junta de Gobierno y Administración. "Ley" es el nombre completo de esta misma ley. "Presidente del Tribunal" es la persona que está al frente del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México, y "Tribunal" es el nombre de toda esa institución.
- Art. 3Este artículo explica que el Tribunal puede resolver pleitos contra decisiones del gobierno de la Ciudad de México, como las alcaldías, que afecten a personas o empresas. Por ejemplo, puede anular multas, impuestos injustos, o fallos en licitaciones de obras públicas. También puede castigar a servidores públicos por faltas graves o exigir que paguen por daños al dinero de la ciudad. El Tribunal tiene una sala especial para atender quejas de los ciudadanos cuando el gobierno no respeta el derecho a un buen servicio público. En resumen, es el lugar para defenderte si alguna autoridad local te perjudica con sus actos.
- Art. 4El artículo dice que un órgano especial (el Tribunal) se encarga de castigar a servidores públicos o a personas comunes que estén metidas en faltas administrativas graves. Estas faltas tienen que ser denunciadas por la Secretaría de la Contraloría, los Órganos Internos de Control o la Auditoría Superior de la Ciudad de México. El Tribunal también puede obligar a los responsables a pagar por los daños económicos que le hayan causado al gobierno o a sus instituciones. Además, aclara que aunque el Tribunal castigue a particulares por estas faltas graves, los otros entes del gobierno siguen teniendo el derecho de aplicar sus propias sanciones si otra ley se los permite.
- Art. 5El Tribunal está formado por tres grupos de personas que toman decisiones juntos: la Sala Superior (el grupo más importante), la Junta de Gobierno y Administración (que se encarga de manejar el Tribunal), y las Salas Ordinarias (otros grupos que ven casos comunes). Cada uno de estos grupos se llama "órgano colegiado", que significa que varios jueces o miembros trabajan en equipo para resolver asuntos.
- Art. 6El artículo 6 dice que la Sala Superior del Tribunal estará formada por diez magistrados. Uno de ellos será el presidente del Tribunal, y los otros nueve se encargarán de resolver juicios, pero solo tres de esos nueve también formarán parte de una sección especial para revisar casos de malos actos de servidores públicos. La Sala funciona de tres maneras: en Pleno General (con todos los magistrados, y basta con que haya más de la mitad para sesionar), en Pleno Jurisdiccional (con al menos seis magistrados, y las decisiones se toman por mayoría de votos), y en la Sección Especializada (donde deben estar los tres magistrados completos para sesionar, y las resoluciones se aprueban por unanimidad o mayoría). En pocas palabras: se explican los grupos y las reglas mínimas para que puedan trabajar y tomar decisiones válidas.
- Art. 7Los empleados del Tribunal tienen derecho a dos vacaciones al año, justo en las mismas fechas que las del Poder Judicial de la Ciudad de México. Cuando los jueces acuerden suspender las actividades generales, no se cuentan los días en que haya plazos legales (fechas límite para hacer trámites). Durante esos días, solo puedes presentar documentos en la Oficialía de Partes (la ventanilla donde se entregan papeles) en los horarios que el Pleno del Tribunal decida.
- Art. 8El Pleno General es una reunión donde están todos los magistrados de la Sala Superior, y para que sea válida, solo se necesita que esté presente más de la mitad de ellos. Estas sesiones normalmente son públicas y se transmiten en internet o por otros medios para que la gente pueda seguirlas, y si es necesario, se graban en video cuidando los datos personales según las leyes de protección de datos y transparencia de la Ciudad de México. Solo cuando la ley lo diga, las sesiones pueden ser privadas, pero después se hacen versiones públicas para que cualquier ciudadano las pueda consultar. Quien preside el Tribunal dirige los debates, y para que una votación sea válida basta con que la mayoría de los presentes esté de acuerdo; si hay empate, la persona que preside tiene un voto extra para decidir. Si el presidente o la presidenta no puede estar, alguien lo suple según lo que dice el artículo 48 de esta ley.
- Art. 9El Pleno Jurisdiccional está formado por el Presidente del Tribunal y 9 jueces de la Sala Superior. Para que se pueda votar, solo se necesitan 6 de ellos. Las decisiones se toman por unanimidad (todos de acuerdo) o por mayoría (más votos a favor). Si hay empate, el asunto se pasa a la siguiente junta, donde se invita a los jueces que no tenían impedimento legal o que no se abstuvieron. Si aún así no hay mayoría, se hace un nuevo proyecto con lo que se dijo en la discusión. Si el empate sigue, el Presidente tiene un voto extra que decide (voto de calidad). Cualquier juez que no esté de acuerdo con la mayoría puede escribir su opinión por separado, y esa opinión se añade al final de la sentencia si la entrega en un máximo de 5 días después de la junta.
- Art. 10El artículo 10 dice cómo se toman las decisiones en la Sección Especializada de la Sala Superior. Las magistradas y magistrados votan para aprobar resoluciones, ya sea todos de acuerdo (unanimidad) o por mayoría. No pueden faltar a las sesiones ni quedarse sin votar, a menos que tengan un impedimento legal. Quien preside la sesión dirige los debates. Si alguien no está de acuerdo con la mayoría, puede presentar un voto particular por escrito en un plazo de 5 días, y ese voto se agrega al final de la sentencia. Si no lo entrega a tiempo, ya no cuenta. También se explican los pasos para redactar la resolución y quiénes deben firmarla.
- Art. 11El Pleno General, el Pleno Jurisdiccional y la Sección Especializada deciden cada cuándo se reúnen de manera normal. Sus presidentes pueden llamar a juntas adicionales (sesiones extraordinarias) cuando lo crean necesario o si algún miembro del grupo se los pide.
- Art. 12El Artículo 12 dice que habrá un grupo especial de tres jueces (llamados magistrados) que se encargará de revisar casos de faltas graves cometidas por servidores públicos. Estos tres jueces formarán parte del equipo más importante del tribunal. El jefe de todo el tribunal (el Presidente) normalmente no trabaja en este grupo especial ni en otros grupos normales, pero hay dos excepciones: - Si no hay suficientes jueces para sesionar, el Presidente entra al grupo para que haya quórum (el mínimo de personas necesarias para tomar decisiones) y, además, él dirige las reuniones. - Si un grupo no puede elegir a su propio jefe, el Presidente del Tribunal ocupará ese puesto de manera temporal hasta que se haga la elección. En resumen: los casos de responsabilidades los ven tres jueces especializados, y el presidente del tribunal solo participa cuando faltan miembros o hay problemas para nombrar a un jefe de sala.
- Art. 13Las sesiones de las Salas son abiertas al público, y de cada una se hace un acta (un documento escrito con lo que pasó) y una versión estenográfica (una transcripción palabra por palabra de lo que se dijo). Cuando la Ley dice que una sesión debe ser privada, solo se elabora el acta, y después se crea una versión pública de esa acta para que la gente pueda conocerla.
- Art. 14El Pleno General (que es como la asamblea de jueces principales) tiene varias responsabilidades importantes. Entre ellas, puede elegir al Presidente del Tribunal entre los jueces de la Sala Superior, aprobar el presupuesto del Tribunal y crear o modificar las reglas internas de funcionamiento. También puede decidir cambios en los puestos de los jueces, elegir a los miembros de la Junta de Gobierno y Administración, y resolver cualquier asunto importante que no le corresponda a otra área del Tribunal. Cada cinco años debe presentar un informe sobre el trabajo de ciertas salas especializadas, y además puede evaluar el desempeño de los jueces que están por terminar su periodo.
- Art. 15El Pleno Jurisdiccional es como un grupo de jueces en jefe que se encarga de asuntos importantes. Sus facultades incluyen decidir casos especiales (menos los que son solo para la Sección Especializada), resolver problemas durante el juicio antes de la sentencia final, aclarar sus propias decisiones y asegurarse de que se cumplan. También puede ordenar que se repita una parte del juicio si algo salió mal, decidir si un juez debe retirarse de un caso o cambiarlo por otro, y elegir resolver recursos de apelación de casos importantes para sentar precedentes.
- Art. 16El Pleno (que es la reunión de todos los magistrados) decide los casos por mayoría de votos. Los magistrados solo pueden negarse a votar si tienen una razón legal por la que no deben hacerlo. Si hay empate, se vuelven a juntar en otra sesión con los magistrados que sí puedan votar; si aún así no hay mayoría, se descarta el proyecto y se hace uno nuevo. Si el nuevo proyecto también empata, el Presidente del Tribunal tiene el voto decisivo (el llamado “voto de calidad”). Todo magistrado que esté en desacuerdo con la mayoría puede escribir su propia opinión (voto particular), y esa opinión se agrega al final de la sentencia si la entrega dentro de los 5 días siguientes a la sesión.
- Art. 17La Sección Especializada tiene varias responsabilidades importantes. Puede elegir a su propio presidente entre los magistrados que la forman. También puede revisar y decidir sobre apelaciones que presenten las personas inconformes con resoluciones de la Sala Ordinaria en casos de responsabilidades administrativas o derecho a la buena administración. Además, tiene la facultad de atraer casos graves que originalmente le tocarían a la Sala Ordinaria, pero solo si son importantes (por ejemplo, si pueden generar una decisión nueva o relevante) y trascendentes (si ayudan a crear un criterio que sirva para resolver otros casos similares en el futuro). Cualquier magistrado puede pedir que se atraiga un caso, y se necesita que la mayoría vote a favor. La Sección también puede pedirle al Pleno General que establezca jurisprudencia (es decir, una regla obligatoria para casos futuros) si hay cinco fallos seguidos en el mismo sentido. Nombra y quita a sus secretarios, impone medidas preventivas o cautelares (como suspensiones temporales) por hasta 90 días hábiles, y da seguimiento a sus propias resoluciones para que se cumplan. Por último, tiene todas las facultades que otras leyes le asignen como exclusivas.
- Art. 18La Junta de Gobierno y Administración es como el equipo encargado de manejar los asuntos internos del Tribunal. Se ocupa de tareas como la organización, la supervisión, la disciplina y el desarrollo profesional de los jueces y el personal. Además, tiene libertad para tomar decisiones técnicas y de gestión sin que otras autoridades se metan, para poder hacer bien su trabajo. Básicamente, es el grupo que se asegura de que todo funcione correctamente dentro del Tribunal.
- Art. 19La Junta de Gobierno y Administración es como un grupo de personas encargadas de tomar decisiones importantes dentro del tribunal. Este grupo está formado por cinco personas: el Presidente del Tribunal (que también es el jefe de la Junta), dos jueces de más alto nivel llamados Magistrados de Sala Superior, y dos jueces de nivel regular llamados Magistrados de Sala Ordinaria. Los jueces que entran a este grupo son elegidos por todos los jueces juntos (el Pleno General), pero no todos a la vez: se eligen de manera escalonada, es decir, unos primero y otros después, para que siempre haya cambios cada dos años. Además, un juez no puede estar en la Junta dos veces seguidas, y solo pueden ser elegidos aquellos cuyo nombramiento dure todo el tiempo que estarán en el cargo.
- Art. 20La Junta de Gobierno y Administración tiene varias obligaciones importantes. Una de ellas es proponer el reglamento interno del Tribunal para que lo aprueben todos los miembros. También puede hacer acuerdos para que el Tribunal funcione bien y proponer el presupuesto para que lo revisen. Además, se encarga de evaluar a los empleados del Tribunal según datos reales y aprobar sus contrataciones. Por último, puede crear nuevas áreas de trabajo, establecer reglas para la carrera de los empleados y organizar cursos de capacitación.
- Art. 21Para que una reunión de la Junta de Gobierno y Administración sea válida, solo se necesita que asistan tres de sus miembros. Si no se juntan al menos tres, la sesión no cuenta y lo que se decida ahí no sirve. Así que con que lleguen tres personas ya es suficiente para tomar acuerdos. Esto aplica sin importar si hay más miembros que no asistieron.
- Art. 22Para tomar decisiones en la Junta de Gobierno, se necesita que la mayoría de los magistrados que estén en la reunión estén de acuerdo. Si hay empate, el Presidente es quien desempata con su voto. Las juntas normalmente son abiertas al público, pero si la ley lo permite, pueden ser privadas. Aunque sean privadas, se debe hacer un resumen público de lo que se habló y levantar un acta oficial.
- Art. 23El artículo 23 dice que el presidente del Tribunal también preside la Junta de Gobierno y Administración (que es el grupo encargado de tomar decisiones importantes sobre cómo se maneja el tribunal). Si el presidente falta por un tiempo, lo reemplazan los magistrados de Sala Superior que están en esa junta, en orden alfabético por su apellido. Si un magistrado de la junta renuncia o se va de manera definitiva, el Pleno General (que es la reunión de todos los magistrados del tribunal) elige a alguien nuevo para terminar ese periodo, y esa persona puede ser reelegida después. En caso de faltas temporales de otros magistrados de la junta, el Pleno General decide quién los sustituye, siempre que esa persona cumpla con los requisitos de la ley.
- Art. 24La Junta de Gobierno y Administración (que es como el grupo que toma las decisiones importantes) puede contratar a las personas que necesite para hacer su trabajo, sin límite fijo. Ese personal se divide en dos tipos: los que ayudan directamente en las tareas diarias (personal operativo) y los que apoyan en labores secundarias (personal auxiliar). En pocas palabras, la ley les permite tener el equipo de trabajo que requieran para funcionar bien. No importa cuántos sean, mientras sean necesarios.
- Art. 25El artículo 25 dice que las Salas Ordinarias tienen dos funciones. La primera es ser "jurisdiccionales", es decir, se encargan de resolver los casos que menciona el artículo 3 de esta ley, menos los que sean solo para la Sala Especializada en Responsabilidades Administrativas. La segunda función es ser "especializada en responsabilidades administrativas", que atiende temas sobre faltas de servidores públicos y el derecho a que el gobierno funcione bien. Además, si hay mucho trabajo en el Tribunal, la Junta de Gobierno puede ordenar que la Sala Especializada también vea casos que normalmente son de las Salas Ordinarias.
- Art. 26El Tribunal tiene seis grupos de trabajo que se llaman Salas Ordinarias, y cada una está formada por tres jueces o juezas. Cinco de esas salas solo se encargan de resolver juicios y asuntos legales. La sexta sala, además de resolver juicios, también revisa casos donde se acusa a servidores públicos de haber hecho algo malo en su trabajo.
- Art. 27El artículo 27 dice que los casos que manejan las Salas Ordinarias se reparten por turno entre los magistrados que las forman. Para que una sesión sea válida, deben estar los tres magistrados, y las decisiones se toman por mayoría de votos. En los juicios rápidos (vía sumaria), el magistrado que llevó el caso da la sentencia él solo, como lo marca la Ley de Justicia Administrativa de la Ciudad de México. Las sesiones y audiencias son públicas y se transmiten por medios electrónicos, cuidando tus datos personales según las leyes de protección de datos y transparencia. Solo cuando la ley lo diga, las sesiones pueden ser privadas, pero después deben hacer versiones públicas para que cualquier persona las pueda consultar.
- Art. 28Este artículo habla de cómo se elige al jefe de cada grupo de jueces en un tribunal. Los propios jueces de ese grupo escogen a su presidente en su primera reunión del año. Ese presidente dura un año en el cargo y no puede ser reelegido para el siguiente año. Si el presidente falta por poco tiempo (como una enfermedad), lo reemplaza otro juez del mismo grupo, siguiendo el orden alfabético de sus apellidos. Pero si la falta es definitiva (como renuncia o muerte), los jueces eligen a un nuevo presidente para que termine el año que le tocaba al que se fue. Ese nuevo presidente sí puede ser reelegido para el año siguiente.
- Art. 29El presidente de una Sala (un grupo de jueces que ven casos juntos) tiene varias tareas importantes. Por ejemplo, firma y revisa la correspondencia del grupo, y responde cuando alguien demanda a la Sala (en un juicio de amparo). También debe mantener el orden y buen funcionamiento, y puede llamar la atención o sancionar a quien no respete las reglas. Otras de sus funciones son: enviar excusas o quejas de los magistrados al presidente del Tribunal, encargarse de trámites sencillos, informar sobre cómo va el trabajo, cuidar los archivos, y asegurarse de que se corrijan los errores que encuentren en una revisión. Además, si falta un magistrado, avisa quién lo va a suplir, y con ayuda de la Junta de Gobierno, elige a los secretarios de acuerdos (los asistentes legales de la Sala).
- Art. 30El Tribunal se va a dividir en cinco grupos, y a cada grupo le llaman Sala. Cada Sala está formada por tres jueces, que son los Magistrados. Esos tres jueces solo pueden resolver los casos que la ley les permite atender.
- Art. 31Este artículo explica qué casos puede resolver un tribunal especial llamado Sala Jurisdiccional. Básicamente, esa Sala se encarga de resolver pleitos entre las personas (ciudadanos o empresas) y las autoridades del gobierno de la Ciudad de México, como las alcaldías o las dependencias públicas. Por ejemplo, si una autoridad te da una multa injusta, no te contesta un trámite en 30 días, o te niega la devolución de un pago que hiciste de más, puedes demandarla ante esta Sala. También revisa asuntos como contratos de obra pública, licitaciones, cambios de uso de suelo, o cuando el gobierno no cumple una sentencia a tu favor. En resumen, es el lugar al que acudes si sientes que una autoridad capitalina te perjudicó con una decisión administrativa.
- Art. 32Este artículo habla de las tareas de los jueces que preparan los casos antes de que lleguen al pleno de la Sala. Esas personas se llaman Magistrados instructores y son como los encargados de revisar que todo esté en orden: deciden si aceptan o no tu demanda, si te faltan papeles o si la respuesta de la otra parte es válida. También pueden detener el juicio si tú te retiras o si la autoridad cambia su decisión, y se encargan de proponer cómo resolver el caso al final. Además, pueden aplicar medidas para que se cumplan sus órdenes, como multas, y decidir sobre protecciones temporales mientras dura el juicio.
- Art. 33El Tribunal tiene un grupo especial de tres jueces (llamados magistrados) que se encarga solo de dos temas: ver si algún servidor público cometió una falta administrativa y revisar que se respete el derecho a que el gobierno funcione bien y de manera honesta. Estos tres jueces solo pueden hacer lo que esta ley les dice que pueden hacer.
- Art. 34El Artículo 34 dice que hay un grupo especial de jueces (la Sala Especializada) que se encarga de castigar faltas graves que cometan los servidores públicos o empresas. Este grupo puede imponer multas, obligar a pagar por los daños causados al dinero del gobierno de la Ciudad de México, y hasta suspender o disolver empresas si se demuestra que actuaron mal para obtener beneficios. También pueden tomar medidas para evitar que se desvíen recursos obtenidos de manera ilegal, y resolver quejas de personas que no estén de acuerdo con las decisiones que se tomen sobre sus casos.
- Art. 35El artículo explica las tareas del juez que lleva los casos de corrupción o mal uso del dinero público en la Ciudad de México. Este juez puede aceptar o rechazar demandas, las pruebas que presenten, y también puede pedir más información si hace falta. Además, puede proponer las decisiones finales del caso, ordenar medidas para que se cumplan sus órdenes (como multas), y hasta pedir estudios de expertos si se necesita entender algo técnico. También se encarga de dirigir audiencias y asegurarse de que lo que se resuelva se lleve a cabo.
- Art. 36El artículo 36 es como la lista del personal que trabaja en el Tribunal. Ahí se mencionan los puestos más importantes, como los magistrados (los jueces que deciden los casos), secretarios (los que ayudan con los trámites) y otras personas como los actuarios (los que entregan documentos oficiales) o los que atienden quejas del público. Todos estos puestos son considerados "de confianza", o sea, tienen responsabilidades especiales. Quienes contratan o despiden a los trabajadores depende del área: los jueces y salas deciden sobre su propio personal, mientras que la Junta de Gobierno y Administración autoriza los movimientos del personal administrativo y técnico. Todo esto debe hacerse siguiendo las reglas de la ley, la Constitución y los acuerdos laborales.
- Art. 37El Jefe de Gobierno elige a los magistrados de la Sala Superior (los jueces más importantes) y el Congreso de la Ciudad de México los aprueba con el voto de la mayoría de los diputados que estén presentes. Estos magistrados duran 15 años en el puesto y no pueden quedarse más tiempo. Los magistrados de las Salas Ordinarias (jueces de menor rango) también son elegidos por el Jefe de Gobierno y aprobados por el Congreso, pero solo duran 10 años; si al terminar ese periodo el Congreso los vuelve a aprobar, pueden trabajar otros 10 años más. El Jefe de Gobierno tiene la autoridad exclusiva para proponer a estos jueces, pero debe presentar una explicación de por qué son buena opción, incluyendo su experiencia profesional y estudios, para que el Congreso los evalúe. Durante el proceso de aprobación, los diputados llaman a los candidatos a dar entrevistas públicas y piden información a las autoridades sobre si tienen antecedentes penales o problemas administrativos.
- Art. 38Los magistrados no pueden ser despedidos fácilmente, solo pueden quitarles el cargo si se siguen las reglas muy específicas que están en otra parte de la Constitución de la Ciudad de México. Eso quiere decir que tienen protección en su trabajo y no los pueden correr por capricho o presión de alguien. Para removerlos, tiene que haber un proceso legal bien definido, como cuando alguien comete una falta grave y se investiga. En pocas palabras, su puesto es seguro a menos que se demuestre que hicieron algo muy malo siguiendo el procedimiento establecido.
- Art. 39Para ser Magistrado necesitas: ser mexicano de nacimiento, tener al menos 30 años cumplidos antes de ser nombrado, y ser abogado con título y cédula profesional registrados, con mínimo 5 años de haberlos obtenido. También debes tener buena reputación, ser honorable y destacar en derecho, sin haber sido condenado por un delito grave con sentencia firme. Además, necesitas mínimo 5 años de experiencia en temas fiscales, administrativos, de fiscalización, anticorrupción o rendición de cuentas.
- Art. 40Los magistrados del Tribunal tienen que dejar el cargo a la fuerza si se enferman física o mentalmente y ya no pueden trabajar, o cuando cumplen 70 años. Es decir, si un juez se vuelve incapaz de hacer su trabajo por salud, o llega a esa edad, lo tienen que retirar aunque él no quiera. No hay otra opción ni se puede evitar.
- Art. 41Cuando un juez del tribunal esté a punto de terminar su cargo o cumpla la edad de retiro, el área de administración debe avisarle al presidente del tribunal con 3 meses de anticipación. El presidente le notificará esto al Jefe de Gobierno, quien seguirá lo que dice el artículo 37 de esta ley para reemplazarlo.
- Art. 42Si un Magistrado (juez) deja el cargo de manera definitiva antes de que termine su periodo, el presidente del tribunal debe avisar inmediatamente al Jefe de Gobierno para que nombre a alguien nuevo, siguiendo las reglas de otro artículo de la ley. Cuando un Magistrado falta temporalmente o le encargan algo fuera del tribunal, lo reemplaza el primer secretario de acuerdos de ese Magistrado que está ausente. El reemplazo dura todo el tiempo que dure la falta o el encargo, a menos que la Junta de Gobierno decida terminarlo antes. El Reglamento del tribunal va a definir las reglas para repartir los casos cuando los Magistrados de la Sala Superior falten, se excusen o sean recusados (cuando no pueden ver un caso por tener conflicto de interés).
- Art. 43Para ser Secretario General o secretario de ciertas áreas en tribunales fiscales necesitas: ser mexicano, tener mínimo 25 años, buena conducta comprobada, título de abogado registrado y al menos 3 años de experiencia en temas de impuestos o asuntos del gobierno. Los Actuarios (los que entregan notificaciones) solo necesitan 2 años de experiencia en esos temas, pero deben cumplir los demás requisitos. Los Oficiales Jurisdiccionales (auxiliares del tribunal) solo necesitan ser mexicanos, abogados titulados y de buena conducta, sin experiencia mínima obligatoria.
- Art. 44Para ser Secretario General de Compilación y Difusión, necesitas cumplir cinco requisitos básicos. Primero, ser mexicano. Segundo, tener más de veinticinco años cumplidos. Tercero, tener buena fama y no tener problemas con la ley. Cuarto, haber estudiado Derecho o una carrera muy parecida (como ciencias políticas o criminología). Quinto, tener al menos tres años de experiencia trabajando en temas legales.
- Art. 45Para ser Director Administrativo, necesitas cumplir con estos cinco requisitos: primero, ser mexicano o mexicana; segundo, tener más de 25 años cumplidos; tercero, que se sepa que te portas bien y eres una persona honesta (sin malos antecedentes); cuarto, tener título de licenciatura en Contaduría, Administración o una carrera parecida; y quinto, haber trabajado al menos tres años en ese ramo.
- Art. 46El Tribunal tendrá un sistema para elegir, ascender y mantener a sus empleados basado en la honestidad, eficiencia, capacidad y experiencia. Este sistema aplica a los puestos específicos que menciona el artículo 36 (como secretarios, actuarios y otros cargos). Incluye desde cómo entran a trabajar, cómo suben de puesto, cómo se quedan y cómo se retiran, todo con exámenes periódicos para buscar la excelencia. Los detalles de cómo funcionará esto los va a poner el propio Tribunal en un reglamento especial.
- Art. 47El Presidente del Tribunal es elegido por todos los magistrados de la Sala Superior. Tiene que ser uno de ellos mismos y se escoge en la primera junta del año, justo después de que termine el periodo del presidente que estaba antes. Su encargo dura tres años y no puede repetir el puesto otra vez. Solo pueden ser elegidos los magistrados cuyo nombramiento cubra todo ese tiempo de tres años.
- Art. 48Cuando el Presidente de la Sala Superior falte por un tiempo (como por enfermedad o permiso), otro magistrado lo va a reemplazar cada 30 días, y el orden para decidir quién lo suple se hace según el apellido de los magistrados, en orden alfabético. Si el Presidente ya no puede regresar a su puesto (por renuncia o muerte, por ejemplo), entonces todos los magistrados del Pleno General eligen a un nuevo Presidente para terminar el periodo del que faltó. Ese magistrado nuevo puede ser elegido otra vez como Presidente en el siguiente periodo, aunque ya haya estado en el puesto.
- Art. 49El Presidente del Tribunal tiene varias funciones importantes. Puede representar al tribunal ante cualquier autoridad y también puede pedirle a otros empleados que hagan eso. Además, es parte del comité que lucha contra la corrupción en la Ciudad de México. También organiza las reuniones, decide qué temas se tratan y se asegura de que todo esté en orden. Por último, firma documentos importantes, como las actas de las reuniones y las decisiones finales del tribunal.
- Art. 50El presidente de la Sección Especializada tiene varias responsabilidades importantes. Se encarga de recibir y firmar toda la correspondencia del equipo, organizar las juntas y mantener el orden durante las mismas. También firma las actas donde se registran las pláticas y decisiones, y autoriza las versiones finales de las resoluciones. Además, debe rendir informes cuando la Sección sea demandada en un juicio de amparo (que es un proceso para proteger tus derechos ante actos de autoridades), y asegurarse de que se cumplan las órdenes del juez. Por último, puede tomar decisiones rápidas para agilizar los procesos judiciales, imponer castigos si alguien no obedece, y atraer casos especiales para resolverlos directamente.
- Art. 51El artículo 51 explica qué tareas tienen los presidentes de las Salas Ordinarias (los jefes de un grupo de jueces). Entre sus responsabilidades están: revisar y firmar los documentos del grupo, organizar las reuniones y mantener el orden, firmar las actas (documentos donde se anotan los acuerdos) y las resoluciones finales. También deben rendir cuentas en los juicios de amparo (cuando alguien pide protección por un acto de autoridad), tramitar asuntos como quejas o aclaraciones de sentencias, y enviar al Presidente del Tribunal ciertos temas sobre los jueces. Además, pueden tomar decisiones para que los procesos sean más rápidos y aplicar sanciones para que se cumplan las órdenes del grupo.
- Art. 52El Secretario General de Acuerdos del Tribunal es como el coordinador principal. Sus labores incluyen: acordar con el Presidente las fechas de las juntas importantes; tomar nota de lo que se discute, contar los votos y avisar las decisiones; revisar y aprobar los documentos finales de las resoluciones con el Presidente; manejar la correspondencia del Tribunal cuando el Presidente no lo haga; asignar a los Magistrados los casos que deben resolver; organizar los archivos de la Sala Superior; y emitir copias oficiales de los documentos que están en los expedientes, como si fuera un notario.
- Art. 53Los Secretarios de Estudio y Cuenta son los asistentes legales de los magistrados de la Sala Superior, que es el máximo tribunal electoral. Su trabajo es ayudar al magistrado que les toca a redactar los proyectos de las resoluciones, es decir, los borradores de las decisiones que luego se votan. También tienen que firmar para autorizar los documentos y trámites que hace el magistrado encargado de cada caso. Si es necesario, pueden hacer diligencias o gestiones fuera de las oficinas del tribunal, como ir a buscar documentos a otro lado. Además, pueden dar fe (confirmar que algo es cierto) y sacar copias certificadas de los papeles que están en los expedientes, o hacer otras tareas que les pidan las leyes.
- Art. 54El artículo explica quién es el Secretario de Acuerdos de una Sala Ordinaria (como un asistente principal de los jueces) y enumera sus labores. Sus tareas incluyen redactar borradores de decisiones y documentos que le pida el juez encargado, y firmar para validar los actos del juez o de la Sala. También hace trámites fuera del juzgado, pero solo dentro de la zona donde la Sala tiene poder. Además, redacta sentencias basándose en lo que los jueces deciden, certifica que los documentos de los casos son auténticos, y prepara proyectos para aceptar o devolver casos de faltas graves de servidores públicos, proponiendo sanciones si es necesario.
- Art. 55Cada reunión de jueces de la Sala Superior tendrá un Secretario de Acuerdos Adjunto, que es como un asistente especial. Sus labores son: ponerse de acuerdo con el presidente sobre cómo organizar las sesiones, presentar los casos a tratar, contar los votos y escribir el acta (el documento oficial de lo acordado). También puede ayudar a redactar las decisiones finales, firmar documentos, y llevar el orden de quién le toca hacer propuestas. Además, puede sacar copias certificadas, subir documentos digitales, y cubrir al Secretario General cuando falte.
- Art. 56El artículo 56 dice las funciones de los Actuarios. Ellos son los encargados de avisarte a ti o a quien esté en un juicio, en los tiempos y modos que marca la ley, las decisiones que se tomen en tu caso. También deben hacer los trámites o gestiones que les ordenen. Y además, tienen que cumplir con cualquier otra tarea que esté en las leyes o en el reglamento del Tribunal.
- Art. 57La persona encargada de la Secretaría Técnica de la Junta de Gobierno y Administración tiene varias tareas: preparar los proyectos y decisiones que la Junta debe aprobar, supervisar que se cumplan los acuerdos que la Junta tome y anotarlos en el libro de actas (que es como el cuaderno oficial donde se registra todo), y ayudar al Presidente del Tribunal en las juntas sobre los temas que le correspondan según la ley, levantando las actas. También debe hacer cualquier otra cosa que digan la ley o el reglamento interno del Tribunal. Para hacer su trabajo, esta persona puede contar con ayuda del personal que el reglamento interno del Tribunal asigne.
- Art. 58El Tribunal va a tener un área interna que se encarga de revisar que todo se haga correctamente. La persona que esté al frente de esa área debe tener título universitario y cédula profesional, es decir, que esté bien capacitada para el puesto. Esa persona la elige el Pleno del Tribunal, pero la propuesta la hace la Presidencia y después el Congreso de la Ciudad de México la tiene que aprobar con la mayoría de votos de sus integrantes. Si no se aprueba, la Presidencia tiene que mandar otra propuesta para que se vote otra vez, hasta que salga aprobada. El que quede como jefe de esa área va a durar 5 años en el puesto, y se le puede renovar por otros 5 años.
- Art. 59Para ser el jefe del Órgano Interno de Control (la persona que supervisa que todo se maneje bien y sin corrupción dentro de una dependencia), necesitas cumplir estos requisitos: ser mexicano, tener más de 30 años y una buena conducta. También debes tener título de licenciatura en Derecho o carreras parecidas, y al menos tres años de experiencia en temas como revisar cuentas públicas, fiscalización (vigilar el uso del dinero público) o combatir la corrupción.
- Art. 60El jefe del Órgano Interno de Control tiene varias tareas importantes. Decide si un servidor público cometió una falta y, si es necesario, le aplica un castigo según la ley de responsabilidades de la Ciudad de México. También se coordina con el Sistema Anticorrupción de la ciudad y propone a la Junta de Gobierno el plan anual de auditorías internas del Tribunal, para que lo revisen y lo incluyan en el programa anual de trabajo. Además, se encarga de vigilar que el dinero, las compras y las ventas de bienes del Tribunal se manejen legalmente. Recibe quejas contra empleados no judiciales del Tribunal, investiga los casos y, si corresponde, aplica sanciones. Por último, lleva un registro de los empleados castigados y administra las declaraciones de bienes (patrimonio) que deben presentar, para asegurarse de que todo esté en orden.
- Art. 61Este artículo dice que el Tribunal va a tener un Instituto de Especialización en Justicia Administrativa, que es como una escuela para que los trabajadores del Tribunal aprendan mejor su trabajo. El director de este instituto lo eligen los jueces del Tribunal (el Pleno) a partir de una sugerencia del Presidente. El instituto va a dar cursos y programas para enseñar cosas prácticas, como cómo hacer los trámites y diligencias de los casos, mejorar las habilidades de los trabajadores, actualizar sus conocimientos sobre las leyes, y aprender a analizar pruebas y argumentos. También pueden ofrecer estudios superiores y hacer intercambios con otras escuelas, e incluso dar cursos al personal del gobierno de la Ciudad de México. Para ser director de este instituto, además de cumplir con los requisitos del artículo 39, necesitas tener cinco años de experiencia dando clases o trabajando en el ámbito académico.
- Art. 62El Tribunal tendrá una oficina especial llamada Secretaría General de Atención Ciudadana, que servirá para ayudar al público. Esta oficina será dirigida por un Secretario o Secretaria General, que será elegido por los jueces del Tribunal, a sugerencia de la persona que lo preside. En esa oficina trabajarán abogados y abogadas expertos, que te darán asesoría legal completamente gratis en los casos que el Tribunal pueda resolver. Así que si tienes un problema legal que le toque a este Tribunal, puedes acudir ahí sin pagar nada.
- Art. 63Si un presidente de sala falta por un tiempo corto, lo reemplaza otro magistrado por orden alfabético de apellido. Si la falta es definitiva, la sala elige a un nuevo presidente para terminar el periodo del que se fue, y ese puede ser reelegido después. En vacaciones, queda un magistrado de guardia con poder para aceptar o rechazar demandas y decidir suspensiones. La ley empieza a regir al día siguiente de publicarse en la Gaceta Oficial de la CDMX, y reemplaza a la ley anterior de 2009. Los magistrados viejos pueden ser considerados para nuevos puestos, y sus derechos laborales se respetan.