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Artículo 22 de la LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para tomar decisiones en la Junta de Gobierno, se necesita que la mayoría de los magistrados que estén en la reunión estén de acuerdo. Si hay empate, el Presidente es quien desempata con su voto. Las juntas normalmente son abiertas al público, pero si la ley lo permite, pueden ser privadas. Aunque sean privadas, se debe hacer un resumen público de lo que se habló y levantar un acta oficial.

Texto oficial

Artículo 22. Las resoluciones de la Junta de Gobierno y Administración se tomarán por mayoría de votos de los Magistrados miembros presentes. En caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad. Las sesiones de la Junta de Gobierno y Administración serán públicas, sólo en los casos que la ley lo establezca, las sesiones podrán ser privadas, sin embargo, de estas se harán versiones públicas y deberán levantarse actas de las mismas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

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