Artículo 46 de la LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Tribunal tendrá un sistema para elegir, ascender y mantener a sus empleados basado en la honestidad, eficiencia, capacidad y experiencia. Este sistema aplica a los puestos específicos que menciona el artículo 36 (como secretarios, actuarios y otros cargos). Incluye desde cómo entran a trabajar, cómo suben de puesto, cómo se quedan y cómo se retiran, todo con exámenes periódicos para buscar la excelencia. Los detalles de cómo funcionará esto los va a poner el propio Tribunal en un reglamento especial.
Texto oficial
Artículo 46. El Tribunal contará con un sistema profesional de carrera jurisdiccional, basado en los principios de honestidad, eficiencia, capacidad y experiencia, el cual comprenderá a los servidores públicos a que se refieren las fracciones III a X del artículo 36 de esta Ley. El sistema abarcará las fases de ingreso, promoción, permanencia y retiro de dichas personas servidoras públicas, de manera que se procure la excelencia por medio de evaluaciones periódicas, de acuerdo a los procedimiento y criterios que establecerá el Estatuto correspondiente. Con base en lo previsto en este artículo, el Tribunal establecerá y regulará, mediante disposiciones generales, el sistema de carrera de los servidores públicos previstos en las fracciones III a X del artículo 36 de esta Ley.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.