Artículo 6 de la LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 6 dice que la Sala Superior del Tribunal estará formada por diez magistrados. Uno de ellos será el presidente del Tribunal, y los otros nueve se encargarán de resolver juicios, pero solo tres de esos nueve también formarán parte de una sección especial para revisar casos de malos actos de servidores públicos. La Sala funciona de tres maneras: en Pleno General (con todos los magistrados, y basta con que haya más de la mitad para sesionar), en Pleno Jurisdiccional (con al menos seis magistrados, y las decisiones se toman por mayoría de votos), y en la Sección Especializada (donde deben estar los tres magistrados completos para sesionar, y las resoluciones se aprueban por unanimidad o mayoría). En pocas palabras: se explican los grupos y las reglas mínimas para que puedan trabajar y tomar decisiones válidas.
Texto oficial
Artículo 6. La Sala Superior se integrará por diez personas Magistradas, de los cuales una presidirá el Tribunal de conformidad con las reglas establecidas en esta Ley. Las y los nueve Magistradas o Magistrados restantes ejercerán funciones jurisdiccionales y sólo tres de estos conformarán, además, la Sección Especializada en materia de Responsabilidades Administrativas. La Sala Superior funcionará en Pleno General, en Pleno Jurisdiccional y en una Sección Especializada. El Pleno General se conforma por todas las personas Magistradas de la Sala Superior y bastará la presencia de la mayoría simple de éstas para que sus sesiones sean válidas. Para que pueda sesionar el Pleno Jurisdiccional, bastará la presencia de seis de las y los Magistrados de la Sala Superior y sus acuerdos y resoluciones se adoptarán por la mayoría de los presentes. En el caso de la Sección Especializada, se requerirá de la totalidad de las personas Magistrados para sesionar y sus resoluciones podrán adoptarse por unanimidad o por mayoría de votos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.