Artículo 19 de la LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Junta de Gobierno y Administración es como un grupo de personas encargadas de tomar decisiones importantes dentro del tribunal. Este grupo está formado por cinco personas: el Presidente del Tribunal (que también es el jefe de la Junta), dos jueces de más alto nivel llamados Magistrados de Sala Superior, y dos jueces de nivel regular llamados Magistrados de Sala Ordinaria. Los jueces que entran a este grupo son elegidos por todos los jueces juntos (el Pleno General), pero no todos a la vez: se eligen de manera escalonada, es decir, unos primero y otros después, para que siempre haya cambios cada dos años. Además, un juez no puede estar en la Junta dos veces seguidas, y solo pueden ser elegidos aquellos cuyo nombramiento dure todo el tiempo que estarán en el cargo.
Texto oficial
Artículo 19. La Junta de Gobierno y Administración se integrará por: I. El Presidente del Tribunal, quien también será el Presidente de la Junta de Gobierno y Administración; II. Dos Magistrados de Sala Superior, y III. Dos Magistrados de Sala Ordinaria. Los Magistrados de Sala Superior y de Sala Ordinaria que integren la Junta de Gobierno y Administración serán electos por el Pleno General en forma escalonada por periodos de dos años y no podrán ser reelectos para el periodo inmediato siguiente. Sólo serán elegibles aquellos Magistrados cuyos nombramientos cubran el periodo del cargo en dicha Junta.
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