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Artículo 19 de la LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Junta de Gobierno y Administración es como un grupo de personas encargadas de tomar decisiones importantes dentro del tribunal. Este grupo está formado por cinco personas: el Presidente del Tribunal (que también es el jefe de la Junta), dos jueces de más alto nivel llamados Magistrados de Sala Superior, y dos jueces de nivel regular llamados Magistrados de Sala Ordinaria. Los jueces que entran a este grupo son elegidos por todos los jueces juntos (el Pleno General), pero no todos a la vez: se eligen de manera escalonada, es decir, unos primero y otros después, para que siempre haya cambios cada dos años. Además, un juez no puede estar en la Junta dos veces seguidas, y solo pueden ser elegidos aquellos cuyo nombramiento dure todo el tiempo que estarán en el cargo.

Texto oficial

Artículo 19. La Junta de Gobierno y Administración se integrará por: I. El Presidente del Tribunal, quien también será el Presidente de la Junta de Gobierno y Administración; II. Dos Magistrados de Sala Superior, y III. Dos Magistrados de Sala Ordinaria. Los Magistrados de Sala Superior y de Sala Ordinaria que integren la Junta de Gobierno y Administración serán electos por el Pleno General en forma escalonada por periodos de dos años y no podrán ser reelectos para el periodo inmediato siguiente. Sólo serán elegibles aquellos Magistrados cuyos nombramientos cubran el periodo del cargo en dicha Junta.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

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