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Artículo 18 de la LEY DE EVALUACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Ciudadano va a estar formado por once personas que sean reconocidas públicamente como honestas, que no tengan conflictos de interés y que sean expertas en el tema que van a tratar. Estas personas deben tener buena reputación en la sociedad y ser profesionales en el área correspondiente. No pueden ser cualquier persona, sino alguien con una trayectoria limpia y con conocimientos serios.

Texto oficial

Artículo 18. El Consejo Ciudadano será integrado por once personalidades ciudadanas con fama pública de probidad, independencia y profesionales de la materia correspondiente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.