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Artículo 40 de la LEY DE EVALUACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo va a crear un indicador llamado Índice de Bienestar Social. Para armarlo, va a usar datos muy específicos, como los de tu manzana, tu colonia y tu alcaldía, que se obtienen de los censos y encuestas oficiales de población y vivienda. Así podrán medir cómo está el bienestar en cada zona de la ciudad.

Texto oficial

Artículo 40. El Consejo elaborará un Índice de Bienestar Social, el cual integrará la información disponible a nivel de manzana, Área Geo Estadística Básica, colonia y Alcaldía en los Censos y Encuestas Intercensales Nacionales de Población y Vivienda.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.