Artículo 42 de la LEY DE EVALUACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo va a pedir opiniones de manera regular a expertos, universidades, grupos de la sociedad y ciudadanos que sepan del tema, para medir cómo va el desarrollo en economía, sociedad, ciudades, campo, medio ambiente y seguridad. Esto lo hace para mejorar los indicadores que usa para evaluar cada una de esas áreas. En pocas palabras, quieren asegurarse de que las mediciones sean más precisas al preguntarle a gente que sabe del asunto.
Texto oficial
Artículo 42. Para la medición en el avance del desarrollo económico, social, urbano y rural, medio ambiente y seguridad ciudadana, el Consejo establecerá mecanismos periódicos de consulta con personas expertas, instituciones académicas, organizaciones de la sociedad civil, ciudadanía en particular, todos especializados en esos campos. con la finalidad mejorar la elaboración de los indicadores, estos darán seguimiento a cada una de las áreas que son materia de evaluación. TÍTULO QUINTO DE LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN Y COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL CAPÍTULO I DE LA PARTICIPACIÓN Y CARÁCTER PÚBLICO DE LAS METODOLOGÍAS Y PRODUCTOS
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