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Artículo 101 de la LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El auditor que hace la auditoría es el único responsable de todo lo que escriba en su informe, como sus descubrimientos, opiniones y sugerencias. Eso significa que si hay errores o problemas en lo que dice, a él o ella le toca responder. No puede echarle la culpa a otra persona, ni al jefe ni al equipo. En resumen, lo que ponga en el papel es su responsabilidad directa.

Texto oficial

Artículo 101.- Los hallazgos, observaciones, juicios y recomendaciones contenidas en el informe individual, serán responsabilidad del auditor encargado de la ejecución de la auditoria. CAPITULO QUINTO. TRATAMIENTO DE IRREGULARIDADES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 44) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.