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Ley
LEY DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
25

Artículo 25 de la LEY DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Universidad no tiene que pagar impuestos locales en la Ciudad de México, igual que las oficinas del gobierno. Esto aplica tanto a lo que recibe de dinero como a todo lo que sea de su propiedad.

Texto oficial

Artículo 25.- Los ingresos de la Universidad y los bienes de su propiedad gozarán de las exenciones de las oficinas públicas del gobierno del Distrito Federal que resulten procedentes.

Ver texto oficial de la LEY DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 9) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.