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Artículo 175 de la LEY PROCESAL ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres un empleado del Instituto Electoral o del Tribunal y recibes una sanción administrativa (como un castigo por no cumplir tus obligaciones), puedes demandar esa sanción a través de un juicio llamado "inconformidad administrativa". Ese juicio se hace siguiendo las reglas de la Ley de Responsabilidad Administrativa de la Ciudad de México. Además, si no estás de acuerdo con alguna decisión que se tome durante el proceso disciplinario, el Tribunal es quien revisa y decide si esa resolución fue correcta o no.

Texto oficial

Artículo 175. Las personas servidoras públicas del Instituto Electoral y del Tribunal, podrán demandar mediante juicio de inconformidad administrativa, cuando por cualquier causa sean sancionados administrativamente, en términos de la Ley de Responsabilidad Administrativa de la Ciudad de México. La impugnación de resoluciones emitidas dentro de los procedimientos administrativos disciplinarios será conocida por el Tribunal.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 81) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.