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Ley
LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
122

Artículo 122 de la LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que el dinero que una Alcaldía tiene en su presupuesto puede pasarse a otra Alcaldía o al gobierno central, pero solo en dos casos: cuando se muevan trabajadores de base (esos con plaza fija) de un lugar a otro, o si la misma Alcaldía pide transferir esos recursos por su propia voluntad. No aplica para cualquier situación, solo para esas dos.

Texto oficial

Artículo 122. Procederá la transferencia de asignaciones presupuestales a otras Alcaldías o al sector central, tratándose de readscripciones de plazas de base y cuando la propia Alcaldía solicite transferir sus recursos. CAPÍTULO VII De los Subsidios, Donativos, Apoyos y Ayudas

Ver texto oficial de la LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 27) ↗

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