Artículo 4 de la LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las dependencias del gobierno deben crear sus propias reglas internas para ahorrar dinero y cumplir con esta ley. Pero eso del ahorro no se vale para recortar o cancelar programas de ayuda social, como becas o apoyos, a menos que se haga un estudio que demuestre que el programa está gastando más de lo que realmente ayuda a la gente. En pocas palabras, no pueden usar el pretexto de la austeridad para quitar apoyos sociales si no tienen pruebas de que se está desperdiciando el dinero.
Texto oficial
Artículo 4. Los sujetos obligados, emitirán las disposiciones administrativas generales en materia de austeridad, que sean necesarias para dar cumplimiento a la presente ley. La austeridad no podrá ser invocada para justificar la restricción, disminución o supresión de programas sociales, a excepción de que exista una evaluación del impacto presupuestario que acredite un dispendio de recursos con relación al beneficio que otorgue el programa social.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.