Artículo 44 de la LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Congreso decide cada año, antes de que empiece el año nuevo, cuánto dinero va a recibir el gobierno de la Ciudad (Ley de Ingresos) y en qué lo va a gastar (Presupuesto de Egresos). El jefe de Gobierno debe entregar sus propuestas a más tardar el 30 de noviembre, o el 20 de diciembre si es su primer año en el cargo. El Congreso tiene que aprobarlas a más tardar el 15 de diciembre, o el 27 de diciembre si es el primer año del jefe de Gobierno. Si por algún motivo extraordinario no se aprueban a tiempo para el 1 de enero, la Secretaría puede usar el presupuesto del año anterior solo para cubrir los gastos básicos y obras que ya estaban en proceso, sin detener los servicios públicos.
Texto oficial
Artículo 44. La Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos serán los que apruebe el Congreso, con base anual a partir del 1° de enero del año que corresponda. La iniciativa de Ley de Ingresos y el proyecto de Presupuesto de Egresos serán presentadas anualmente por la persona titular de la Jefatura de Gobierno al Congreso para su análisis y aprobación, a más tardar el día 30 de noviembre o hasta el 20 de diciembre, cuando se trate del año en que inicie su encargo. El Congreso deberá aprobar dichas iniciativas a más tardar el 15 de diciembre. Cuando dichos proyectos sean presentados durante el primer año de encargo de la persona titular de la Jefatura de Gobierno, estos deberán aprobarse a más tardar el 27 de diciembre. Cuando por alguna situación extraordinaria, al iniciar el ejercicio fiscal del año siguiente no exista una Ley de Ingresos o Decreto aprobado, con el propósito de no interrumpir la prestación de los servicios públicos, en tanto no se aprueben, la Secretaría procederá a actualizar, conforme a las disposiciones del artículo 18 del Código, del ejercicio fiscal del año anterior, en cuanto al gasto mínimo de operación y la ejecución de obras en proceso.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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