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Artículo 27 de la LEY DE CIUDADANÍA DIGITAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La información que tú pongas en tu Cédula Ciudadana o en los archivos electrónicos conectados a ella (como tu expediente digital) va a tener la misma validez legal que si hubieras firmado un documento de puño y letra. Eso significa que, si se necesita probar algo en un juicio o trámite oficial, esos datos digitales cuentan igual que un papel firmado por ti. La ley los trata como si fueran documentos originales con tu firma autógrafa o manual.

Texto oficial

Artículo 27. La información que se integre a la Cédula Ciudadana, así como la que obre en los Expedientes Electrónicos vinculados a ésta, conforme a lo dispuesto por esta Ley, producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos firmados autógrafamente y, en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio que las disposiciones legales le otorgan a éstos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.