Artículo 29 de la LEY DE CIUDADANÍA DIGITAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La información que está en los Expedientes Electrónicos y se comparte por el Riel de Interoperabilidad se guarda únicamente en los archivos de las dependencias del gobierno y las Alcaldías que la reciben o la juntan. La Agencia no puede ver ni guardar en sus propios archivos la información que pasa por ese sistema de intercambio.
Texto oficial
Artículo 29. Los documentos y/o datos contenidos en los Expedientes Electrónicos y que se intercambien por medio del Riel de Interoperabilidad obraran en los los archivos de la Administración Pública y las Alcaldías que recaban e integran los documentos. La Agencia no tendrá acceso ni incorporará a sus archivos a la información que transite a través del Riel de Interoperabilidad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.