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Artículo 38 de la LEY DE CIUDADANÍA DIGITAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Agencia te dará sin costo una Firma Electrónica de la Ciudad si la pides. Además, si ya tienes otras firmas electrónicas, las puedes enlazar con tu Cédula Ciudadana. Cómo se hace ese enlace se va a definir en el Reglamento de esta Ley.

Texto oficial

Artículo 38. La Agencia desarrollará de manera gratuita una Firma Electrónica de la Ciudad para las Personas que así lo soliciten. Las firmas electrónicas con que cuente dicho solicitante podrán ser vinculadas a su Cédula Ciudadana. El procedimiento para la aceptación de dicha vinculación será establecido en el Reglamento de la presente Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.