Artículo 112 de la LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para presentar una queja llamada "recurso de inconformidad", tienes que llevar estos papeles: 1. Si alguien más o una empresa presenta la queja en tu nombre, necesitas un documento que demuestre que esa persona o empresa tiene permiso para hacerlo. 2. El papel donde esté escrita la decisión o acción que te molesta. Si no te dieron respuesta a tiempo (y por eso se considera una negativa), lleva el escrito con el que iniciaste el trámite. 3. El comprobante de que te avisaron oficialmente de esa decisión. Si te avisaron por periódico o cartel, lleva la última publicación; o si no tienes eso, di bajo protesta (como promesa formal) la fecha exacta en que te enteraste. 4. Cualquier prueba que quieras presentar para apoyar tu queja.
Texto oficial
Artículo 112.- Con el recurso de inconformidad se deberán acompañar los siguientes documentos: I. Los documentos que acrediten la personalidad del promovente, cuando actúe a nombre de otro o de persona moral; II. El documento en que conste el acto o la resolución recurrida, cuando dicha actuación haya sido por escrito; o tratándose de actos que por no haberse resuelto en tiempo se entiendan negados, deberá acompañarse el escrito de iniciación del procedimiento, o el documento sobre el cual no hubiere recaído resolución alguna; III. La constancia de notificación del acto impugnado; si la notificación fue por edictos se deberá acompañar la última publicación; o la manifestación bajo protesta de decir verdad de la fecha en que tuvo conocimiento de la resolución; y IV. Las pruebas que se acompañen.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.