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Artículo 113 de la LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando se acepta el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa (que es el documento donde se acusa a alguien de una falta), se detiene el reloj de los plazos para que ya no cuente el tiempo de prescripción (que es cuando un delito o falta ya no se puede castigar porque pasó mucho tiempo). También ese informe define de qué se va a tratar todo el procedimiento, o sea, fija los límites de lo que se va a investigar y juzgar.

Texto oficial

Artículo 113. La admisión del Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa interrumpirá los plazos de prescripción señalados en el artículo 74 de esta Ley y fijará la materia del procedimiento de responsabilidad administrativa.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 21) ↗

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