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Artículo 204 de la LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un juez firma un acuerdo, auto o sentencia, ya no se puede cambiar lo que dice. Pero si el texto está confuso o no se entiende bien, el juez sí puede aclararlo, sin alterar lo que decidió. Esa aclaración la puede hacer el juez por su cuenta o si tú o la otra persona se la piden dentro de los tres días hábiles después de que les avisen la resolución. Si alguien pide la aclaración, el juez tiene que responder también en los siguientes tres días hábiles.

Texto oficial

Artículo 204. Los acuerdos, autos y sentencias no podrán modificarse después de haberse firmado, pero las autoridades que los emitan sí podrán aclarar algún concepto cuando éstos sean obscuros o imprecisos, sin alterar su esencia. Las aclaraciones podrán realizarse de oficio, o a petición de alguna de las partes las que deberán promoverse dentro de los tres días hábiles siguientes a que se tenga por hecha la notificación de la resolución, en cuyo caso la resolución que corresponda se dictará dentro de los tres días hábiles siguientes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 29) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.