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Artículo 28 de la LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los datos sobre tus bienes y tus intereses (como negocios o relaciones) que declaras como servidor público pueden ser pedidos y usados por la Fiscalía, los jueces o las autoridades anticorrupción cuando hacen su trabajo. También los puede ver el mismo servidor público que los declaró, o las autoridades que investigan o deciden sobre posibles faltas administrativas. Esto solo pasa si es necesario para una investigación o para resolver un caso. En pocas palabras, esa información no es solo para trámites de rutina, sino que está disponible si hay una denuncia o proceso en curso. No cualquiera la puede pedir, solo las instituciones de justicia o control.

Texto oficial

Artículo 28. La información relacionada con las declaraciones de situación patrimonial y de intereses, podrá ser solicitada y utilizada por el Ministerio Público, los Tribunales, Fiscalías Especializadas en Combate a la Corrupción o las autoridades judiciales en el ejercicio de sus respectivas atribuciones, la persona servidora pública interesado o bien, cuando las Autoridades investigadoras, substanciadoras o resolutoras lo requieran con motivo de la investigación o la resolución de procedimientos de responsabilidades administrativas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.