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Ley
LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
28

Artículo 28 de la LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los datos sobre tus bienes y tus intereses (como negocios o relaciones) que declaras como servidor público pueden ser pedidos y usados por la Fiscalía, los jueces o las autoridades anticorrupción cuando hacen su trabajo. También los puede ver el mismo servidor público que los declaró, o las autoridades que investigan o deciden sobre posibles faltas administrativas. Esto solo pasa si es necesario para una investigación o para resolver un caso. En pocas palabras, esa información no es solo para trámites de rutina, sino que está disponible si hay una denuncia o proceso en curso. No cualquiera la puede pedir, solo las instituciones de justicia o control.

Texto oficial

Artículo 28. La información relacionada con las declaraciones de situación patrimonial y de intereses, podrá ser solicitada y utilizada por el Ministerio Público, los Tribunales, Fiscalías Especializadas en Combate a la Corrupción o las autoridades judiciales en el ejercicio de sus respectivas atribuciones, la persona servidora pública interesado o bien, cuando las Autoridades investigadoras, substanciadoras o resolutoras lo requieran con motivo de la investigación o la resolución de procedimientos de responsabilidades administrativas.

Ver texto oficial de la LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 7) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.