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Artículo 45 de la LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría y los Órganos internos de control (que son las áreas del gobierno encargadas de vigilar que todo se haga bien) tienen la obligación de revisar cómo se hacen las compras y contratos públicos, para asegurarse de que todo se lleve a cabo según las reglas. Si durante esa revisión encuentran algo raro o fuera de lo normal, deben hacer las verificaciones necesarias para corregirlo. En pocas palabras, el artículo dice que estos órganos deben estar al pendiente de que los contratos públicos se hagan correctamente y, si descubren un problema, investigarlo.

Texto oficial

Artículo 45. La Secretaría y los Órganos internos de control deberán supervisar la ejecución de los procedimientos de contratación pública por parte de los contratantes para garantizar que se lleva a cabo en los términos de las disposiciones en la materia, llevando a cabo las verificaciones procedentes si descubren anomalías. Sección sexta De la declaración de intereses

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

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