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Artículo 33 de la LEY DE JUSTICIA ALTERNATIVA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Eso quiere decir que el tiempo que dure la mediación no está fijo de antemano. Más bien, va a depender de qué tan complicado sea el problema que se esté tratando y de cómo se haya organizado el proceso para resolverlo. Si el asunto es sencillo, puede resolverse rápido; si es más complejo, se tomará el tiempo necesario. En pocas palabras, no hay un límite de horas o días, sino que la mediación dura lo que se necesite para tratar de llegar a un acuerdo.

Texto oficial

Artículo 33. La duración de la mediación será la que resulte suficiente, en atención a la complejidad de la controversia y de cómo se organizó.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.