Artículo 35 de la LEY DE JUSTICIA ALTERNATIVA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 35 dice que cuando dos personas llegan a un acuerdo en una mediación, deben escribirlo en un documento llamado convenio. Ese documento debe incluir datos básicos como la fecha, el lugar, los nombres y domicilios de las personas involucradas, además de describir el conflicto que los llevó a la mediación y las obligaciones que cada quien aceptó (como pagar dinero, hacer algo o no hacer algo). También debe llevar las firmas o huellas digitales de todos, y la firma y sello del centro de mediación. Por último, el convenio se tiene que hacer por lo menos en tres copias: una se queda en el centro de mediación y cada persona recibe una como comprobante.
Texto oficial
Artículo 35. Los acuerdos a los que lleguen los mediados podrán adoptar la forma de convenio por escrito, en cuyo caso deberá contener las formalidades y requisitos siguientes: I. Lugar y fecha de celebración; II. Nombre, edad, nacionalidad, estado civil, profesión u ocupación y domicilio de cada uno de los mediados; III. En el caso de las personas morales se acompañará, como anexo, el documento con el que el apoderado o representante legal del mediado de que se trate, acreditó su personalidad; IV. Los antecedentes del conflicto entre los mediados que los llevaron a utilizar la mediación; V. Un capítulo de declaraciones, si los mediados lo estiman conveniente; VI. Una descripción precisa de las obligaciones de dar, hacer o no hacer que hubieren acordado los mediados; así como el lugar, la forma y el tiempo en que estas deberán cumplirse; VII. Las firmas o huellas dactilares, en su caso, de los mediados; y VIII. Nombre y firma del Director General, del Director o Subdirector de Mediación actuante o, en su caso, del Secretario IX. Actuario correspondiente, para hacer constar que da fe de la celebración del convenio; así como el sello del Centro, y X. Número o clave de registro en el Centro. El Convenio se redactará al menos por triplicado, en todo caso se deberá procurar que, con independencia del número de ejemplares, uno sea conservado por el Centro, y cada una de las partes reciba un ejemplar como constancia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.