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Artículo 32 de la LEY PARA EL DESARROLLO DE LA CIUDAD DE MÉXICO COMO CIUDAD DIGITAL Y DEL CONOCIMIENTO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno, en todas sus áreas, va a impulsar que se creen contenidos digitales (como videos, apps o materiales educativos) en distintos idiomas y formatos, ya sean para aprender, hacer ciencia, disfrutar la cultura o divertirte. También se asegurará de que puedas acceder fácilmente a esos contenidos y a las aplicaciones que los acompañan. Además, va a promover que se hagan cosas digitales que ayuden a resolver problemas de la ciudad y que generen empleo y progreso para todos.

Texto oficial

Artículo 32.- La Administración Pública alentará, a través de todas sus instancias pertinentes, la producción de todo tipo de contenidos digitales y aplicaciones de carácter informático, sean educativos, científicos, culturales o recreativos, en diferentes idiomas y formatos, y la accesibilidad a esos contenidos y las aplicaciones informáticas que involucran, de igual forma estimulará la creación de contenidos que den respuesta a los retos de la ciudad y alienten el desarrollo económico y social.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.