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Artículo 37 de la LEY PARA EL DESARROLLO DE LA CIUDAD DE MÉXICO COMO CIUDAD DIGITAL Y DEL CONOCIMIENTO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que el gobierno debe ponerle más atención a enseñar a sus instituciones cómo usar bien la tecnología, como computadoras e internet, para manejar mejor la información. También tiene que asegurarse de que haya una competencia justa entre empresas de tecnología. Además, debe hacer planes para atraer y formar personas talentosas en ese campo. Por último, debe fomentar la colaboración entre gobiernos, empresas, organizaciones civiles y bancos internacionales para trabajar juntos en temas de tecnología.

Texto oficial

Artículo 37.- La Administración Pública prestará particular atención a la creación de capacidades institucionales en materia de uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación para una adecuada gestión de la información y del conocimiento, asimismo promoverá una competencia leal en materia de Tecnologías de la Información Comunicación y del Conocimiento, de manera particular realizará estrategias y acciones para la atracción y generación de talento. Asimismo promoverá la cooperación eficaz, a nivel internacional y regional de los gobiernos, el sector privado, la sociedad civil y las demás partes interesadas, entre ellas, las instituciones financieras internacionales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.