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Artículo 2 de la LEY DEL DERECHO AL ACCESO, DISPOSICIÓN Y SANEAMIENTO DEL AGUA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando una ley no cubre algún detalle sobre un tema, se pueden usar otras leyes, reglamentos o normas que sí hablen de eso para completar la información. Es como cuando tu receta de cocina no dice cuánta sal poner, y checas otra receta parecida para saber la medida. Esto aplica solo si las otras reglas están relacionadas con el mismo asunto que trata esta ley.

Texto oficial

Artículo 2º. Son de aplicación supletoria las disposiciones contenidas en otras leyes, reglamentos, normas y demás ordenamientos jurídicos relacionados con las materias que regulan la presente Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.