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Artículo 125 del REGLAMENTO DE LA LEY DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 125 dice que la resiliencia (la capacidad de recuperarse después de un desastre) se usa en protección civil para cuidar distintos aspectos de la vida diaria, como la economía, lo social, la salud, la cultura, la educación y los servicios públicos como el agua o la luz. Lo más importante son las personas, las comunidades y el medio ambiente, no solo los edificios o las leyes. En pocas palabras, cuando ocurre una emergencia, hay que pensar en cómo ayudar a la gente y a la naturaleza para que todo vuelva a la normalidad de manera justa y completa.

Texto oficial

Artículo 125. La resiliencia es concebida para efectos de protección civil en los ejes de economía, social, sanitaria, cultural, educativa e infraestructura de servicios públicos teniendo como elementos centrales a las personas, comunidades y el medio ambiente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 24) ↗

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