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Artículo 23 del REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA POLICÍA DE PROXIMIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 23 dice que la Comisión Técnica de Selección y Promoción decide cómo, cuándo y de qué tamaño será el reclutamiento de policías, según lo que necesite cada cuerpo policial. También toman en cuenta el dinero que se haya autorizado para ese periodo. La convocatoria para que la gente se inscriba se hace con base en lo que requiera la Policía de Proximidad de la Ciudad de México para funcionar bien.

Texto oficial

Artículo 23.- La etapa de reclutamiento, así como sus características, alcances, magnitud, tiempos y formas se determinarán por la Comisión Técnica de Selección y Promoción conforme a las necesidades de cada cuerpo policial, considerando las características y modalidades del presupuesto autorizado para el período correspondiente. La Convocatoria para el ingreso de aspirantes se elaborará tomando en consideración los requerimientos operativos de la Policía de Proximidad de la Ciudad de México.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.