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Artículo 2 del REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA PARA EL HOGAR CDMX

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo es un diccionario con las definiciones de las palabras clave que se usan en el Reglamento del Hogar CDMX. Por ejemplo, "Hogar" se refiere al lugar llamado "HOGAR CDMX", y "Administración" es la persona o área encargada de manejar ese hogar. También define qué es un "Expediente Electrónico", que es un archivo digital con los datos personales, médicos y legales de cada persona que vive ahí. Las "Personas en proceso de integración social" son mujeres u hombres, con o sin hijos de hasta 12 años, que se quedan en el Hogar para aprender a vivir de manera independiente. Finalmente, el "Plan de Vida" es un documento hecho a la medida de cada persona que establece los pasos y apoyos que va a recibir para reintegrarse a la sociedad.

Texto oficial

Artículo 2.- Para los efectos del presente Reglamento se entenderá por: I. Administración: Administración del Hogar. II. Consejo Técnico de Administración: Ente encargado de conocer de los asuntos relativos al “HOGAR CDMX”, de conformidad con los Lineamientos para la Atención de Mujeres y Hombres en el Hogar CDMX. III. Expediente Electrónico. Expediente conformado por el personal del IASIS, que contendrá los apartados técnico, personal, jurídico y médico de cada una de las mujeres y hombres con sus hijas e hijos. IV. Hogar: “HOGAR CDMX” V. IASIS: Instituto de Asistencia e Integración Social de la Secretaría de Desarrollo Social. VI. Lineamientos: Lineamientos para la Atención de Mujeres y Hombres en el HOGAR CDMX. VII. Personal Operativo: Todo personal que realice funciones de operación en el Hogar. VIII. Personal Interdisciplinario: Personal de instituciones públicas o privadas que esté relacionado con el funcionamiento y operación del Hogar. IX. Personas en proceso de integración social: Mujeres y hombres, con sus hijas e hijos, de hasta doce años de edad, así como hombres o mujeres solos que se alojen en el “HOGAR CDMX”; que se encuentran en condición de integración social y que están en posibilidad de desarrollar una vida independiente. X. Plan de Vida: Plan de Vida para la Integración Social, el cual es un documento personalizado que establece la trayectoria de trabajo, así como los servicios sociales que recibirá la persona, orientados a la restitución de derechos y a la búsqueda de la integración social efectiva. XI. Proceso de integración social: Proceso de desarrollo de capacidades y creación de oportunidades en los ordenes psicológico, económico, social y político para que las personas, familias o grupos de personas susceptibles del otorgamiento de servicios sociales puedan reincorporarse a la vida comunitaria con el pleno respeto a su dignidad, identidad y derechos sobre la base de la igualdad y equidad de oportunidades para el acceso a los bienes y servicios sociales, en términos de la Ley de Asistencia e Integración Social para el Distrito Federal. XII. Protocolo: Protocolo Interinstitucional de Atención Integral a Personas en Riesgo de Vivir en Calle e Integrantes de las Poblaciones Callejeras en la Ciudad de México. XIII. Reglamento: Reglamento Interno de Convivencia para el Hogar CDMX. XIV. SEDESO: Secretaría de Desarrollo Social de la Ciudad de México.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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