Artículo 30 de la LEY PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DE LAS PERSONAS CON SÍNDROME DE DOWN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
A los funcionarios públicos que trabajan directamente con personas con Síndrome de Down se les debe dar una capacitación especial. El objetivo es hacerlos más sensibles y enseñarles cómo tratarlas correctamente. Así, en todo momento, podrán ofrecerles ayuda y orientación adecuada y a tiempo. Esto es para que reciban un trato justo y digno.
Texto oficial
Artículo 30.- Se deberá brindar capacitación especializada a los servidores públicos que tengan contacto directo con las personas con Síndrome de Down, a efecto de sensibilizarlos sobre el trato que deben brindarles, garantizándoles en todo momento una ayuda y orientación especializada y oportuna.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.