Artículo 41 de la LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Con este artículo, tú puedes decidir qué pasa con tus datos personales que están en manos del gobierno o empresas. Tienes cuatro derechos separados: pedir verlos (Acceso), corregirlos si están mal (Rectificación), borrarlos (Cancelación) o negarte a que los usen (Oposición). Lo importante es que cada uno funciona por su cuenta; no necesitas pedir uno antes de pedir otro, ni que usar uno te quite el derecho de usar los demás. Así que si, por ejemplo, pides ver tus datos y están mal, puedes luego exigir que los corrijan sin problema.
Texto oficial
Artículo 41. Toda persona por sí o a través de su representante, podrá ejercer los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y/u Oposición al tratamiento de sus datos personales en posesión de los sujetos obligados, siendo derechos independientes, de tal forma que no pueda entenderse que el ejercicio de alguno de ellos sea requisito previo o impida el ejercicio de otro.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.