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Artículo 59 de la LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que alguien pueda compartir tus datos personales, como tu nombre o teléfono, con otra persona o empresa (ya sea en México o en otro país), necesita pedir tu permiso primero. Esto aplica tanto si los datos se quedan aquí como si se van al extranjero. Solamente no se necesita tu permiso en los casos especiales que ya están marcados en esta misma ley.

Texto oficial

Artículo 59. Toda transferencia de datos personales, sea ésta nacional o internacional, se encuentra sujeta al consentimiento de su titular, salvo las excepciones previstas en esta Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.