Artículo 110 de la LEY DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que el Instituto (seguramente una institución de gobierno) se encargará de promover y poner en marcha 8 principios que ayudan a que la Ciudad de México sea más abierta y honesta con su gente. Estos principios incluyen cosas como que el gobierno debe compartir información por iniciativa propia, que los ciudadanos puedan participar en las decisiones, y que todo lo que se haga sea fácil de usar y útil para ti. También mencionan la importancia de usar tecnología, poner al ciudadano en el centro del diseño de los servicios, y escuchar tus opiniones para mejorar. En pocas palabras, es una lista de buenas prácticas para que el gobierno trabaje de forma más clara y cercana a las personas.
Texto oficial
Artículo 110. El Instituto impulsará el reconocimiento y aplicación de los ocho principios de gobierno abierto contemplados en la Ley para hacer de la Ciudad de México una Ciudad Abierta, que de manera enunciativa y no limitativa son los siguientes: Principio de Transparencia Proactiva; Principio de Participación; Principio de Colaboración; Principio de Máxima Publicidad; Principio de Usabilidad; Principio de Innovación Cívica y Aprovechamiento de la Tecnología: Principio de Diseño Centrado en el Usuario, y Principio de Retroalimentación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.