Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 221 de la LEY DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tú o una empresa reciben dinero del gobierno o hacen cosas que solo el gobierno puede hacer (como dar permisos o tomar decisiones oficiales), están obligados a entregar la información pública que te interese dentro de los tiempos que marca la ley. No pueden ponerte pretextos ni retrasarse. La regla aplica tanto a personas como a empresas, siempre que manejen dinero público o actúen como autoridad.

Texto oficial

Artículo 221. Las personas físicas y morales que reciban y ejerzan recursos públicos o realicen actos de autoridad, serán responsables del cumplimiento de los plazos y términos para otorgar acceso a la información.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 53) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.