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Ley
LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA DEL DISTRITO FEDERAL
Artículo
25

Artículo 25 de la LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación, junto con otra Secretaría (que sería la de Desarrollo Económico), van a trabajar juntas para ayudar a las tienditas y comercios de barrio en la CDMX. Su labor será hacer más fácil que estos negocios usen tecnología, reciban capacitación y tengan apoyo en su administración. Esto significa que van a poner en marcha programas o acciones concretas para que los tenderos aprendan a usar herramientas digitales y mejoren su negocio. El objetivo es que los comercios de barrio no se queden atrás y puedan aprovechar la tecnología para crecer.

Texto oficial

Artículo 25.- La Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación en conjunto con la Secretaría, llevarán a cabo acciones específicas para facilitar el uso de tecnología, la capacitación y la gestión a los comercios de barrio establecidos en la Ciudad de México.

Ver texto oficial de la LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA DEL DISTRITO FEDERAL (pág. 7) ↗

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