Artículo 3 de la LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo simplemente define los términos clave que se usan en toda la ley. Te explica, por ejemplo, qué se considera una micro, pequeña o mediana empresa (MIPYME) según cuántos empleados tenga y a qué se dedique. También aclara qué son cosas como la capacitación (cursos para mejorar habilidades de los trabajadores), la consultoría (asesoría para mejorar los procesos del negocio) o las cadenas productivas (cuando varias empresas trabajan juntas para darle más valor a un producto o servicio). Todo esto es para que cuando leas la ley sepas exactamente de qué están hablando sin confusiones.
Texto oficial
Artículo 3.- Para los efectos de esta Ley, se entiende por: I. Actividades de Fomento: Acciones económicas, jurídicas, sociales, comerciales, de capacitación o tecnológicas, que contribuyen al desarrollo y grado de competencia de las MIPYMES, que establezca el Reglamento de esta Ley; II. Agrupamientos Empresariales: MIPYMES interconectadas, proveedores especializados y de servicios, así como instituciones asociadas dentro de una región del territorio del Distrito Federal. III. Cadenas Productivas: Sistemas productivos que integran conjuntos de empresas que añaden valor agregado a productos o servicios a través de las fases del proceso económico; IV. Capacitación: Servicio empresarial que consiste en la impartición de cursos, talleres y metodologías, con la finalidad de mejorar las capacidades y habilidades de los recursos humanos de las empresas que reciben la atención; V. Comercio de barrio. Persona o negocio que vende bienes y servicios al consumidor final y que para el desarrollo de su actividad cuenta con las características de una micro empresa de actividad comercial. VI. Consultoría: Servicio empresarial que consiste en la transferencia de conocimientos, metodologías y aplicaciones, con la finalidad de mejorar los procesos de la empresa que recibe la atención; VII. El Consejo: El Consejo del Distrito Federal para la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa; VIII. Ley: La Ley para la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa del Distrito Federal; IX. Mediana empresa: La unidad económica que cuenta para el desarrollo de su actividad de 21 a 100 empleados en el caso de actividad comercial, de 51 a 100 empleados en el caso de servicios y de 101 a 500 empleados en el caso de la industria. X. Micro empresa: La unidad económica que para el desarrollo de su actividad cuenta hasta con 5 empleados en el caso de actividad comercial, hasta con 20 empleados en el caso de servicios y hasta con 30 empleados en el caso de la industria; XI. MIPYMES: Micro, pequeñas y medianas empresas, legalmente constituidas, con base en la estratificación establecida en las Reglas para Fomentar y Promover la Participación de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas nacionales y Locales, en las Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios que realice la Administración Pública del Distrito Federal, publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 13 de noviembre de 2003: XII. Organizaciones Empresariales: Las Cámaras Empresariales y sus Confederaciones en su carácter de organismos de interés público; así como las asociaciones, instituciones y agrupamientos que representen a las MIPYMES como interlocutores ante las autoridades del Distrito Federal. XIII. Pequeña empresa: La unidad económica que cuenta para el desarrollo de su actividad de 6 a 20 empleados en el caso de actividad comercial, de 21 a 50 empleados en el caso de servicios y de 31 a 100 empleados en el caso de la industria, y XIV. Plan: Plan Estratégico para la Competitividad del Distrito Federal; el cual contendrá esquemas para la ejecución de acciones y participación de la autoridades del Distrito Federal; XV. Reglamento: El Reglamento de esta Ley. XVI. Secretaria: Secretaría de Desarrollo Económico del Distrito Federal. XVII. Sector Público: Dependencias y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal; XVIII. Sectores: Los sectores privado y social; XIX. Sistema: El Sistema Local para la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa; y
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.